Administrador de fincas

administradores de fincas urbanas
El Administrador de Fincas Rústicas y Urbanas es un profesional independiente sujeto a las normas como garantes de la eficacia, independencia y responsabilidad en el ejercicio de sus funciones, que administra los elementos comunes de las comunidades de propietarios, los bienes inmuebles Urbanos y rústicos propiedad de terceros, en aplicación de las leyes de Propiedad Horizontal, Arrendamientos urbanos y Rústicos. En el caso de las comunidades de propietarios, sus obligaciones vienen determinadas en el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal que indica que estas son las obligaciones de un administrador de fincas:

Los bienes inmuebles Urbanos y rústicos propiedad de terceros


El Administrador de Fincas Rústicas y Urbanas, según el Colegio de Madrid, ( puedes ver nuestro artículo sobre administradores de fincas en Madrid )es un profesional independiente sujeto a las normas colegiales como garantes de la eficacia, independencia y responsabilidad en el ejercicio de sus funciones, que administra los elementos comunes de las comunidades de propietarios, los bienes inmuebles Urbanos y rústicos propiedad de terceros, en aplicación de las leyes de Propiedad Horizontal, Arrendamientos urbanos y Rústicos. Porque al margen de la gestión de comunidades de propietarios, los administradores de fincas colegiados estamos facultados para más funciones, como: la obtención del rendimiento adecuado y al asesoramiento de las cuestiones relativas a los bienes inmuebles, la administración de los arrendamientos urbanos seleccionando el arrendatario, redactando contratos, obteniendo cédulas de habitabilidad, cobrando las rentas pagando los gastos e impuestos (como el IVA). El Administrador de Fincas Rústicas y Urbanas es un profesional independiente sujeto a las normas colegiales como garantes de la eficacia, independencia y responsabilidad en el ejercicio de sus funciones, que administra los elementos comunes de las comunidades de propietarios, los bienes inmuebles urbanos y rústicos propiedad de terceros, en aplicación de las leyes de Propiedad Horizontal, Arrendamientos urbanos y Rústicos.

El campo de actuación de un administrador de fincas está comprendido por todo el sector inmobiliario; Inmuebles rústicos urbanos en régimen de explotación directa, arrendamiento, propiedad horizontal; Administración de cooperativas de comunidades de propietarios y viviendas; Centros comerciales, campos y puertos deportivos; Urbanizaciones con servicios, instalaciones y anejos comunes; Entidades colaboradoras de la gestión urbanística; Y cualquier cometido que tenga relación con la administraciones de bienes inmuebles. Según el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal , las obligaciones fijadas para el administrador de fincas en la gestión de comunidades de propietarios son las siguientes: Los administradores de fincas realizan diferentes tareas como la gestión de patrimonios inmobiliarios, administración de comunidades de vecinos, realizan la constitución de una comunidad de propietarios, gestionan el arrendamiento de inmuebles, subcontratan servicios, gestionan la contabilidad de una comunidad de propietarios, administran presupuestos, controlan los ingresos y los gastos de las fincas urbanas y rústicas teniendo en cuenta los aspectos jurídicos y legales.

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COLEGIO OFICIAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS 


El uso de la información, servicios y datos ofrecidos por COAFGA (COLEGIO OFICIAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE GALICIA) contrariamente a lo dispuesto por las presentes condiciones, la Ley, la moral, las buenas costumbres el orden público, que de cualquier otro modo puedan suponer lesión de los derechos de terceros del mismo funcionamiento del sitio web. El problema habitual que surge de la mencionada prestación de servicio entre el administrador y la Comunidad de Propietarios es la ubicación de los ficheros de datos de los co-propietarios, es decir, en la mayoría de los casos será el propio Administrador de Fincas quien se encargue de la custodia de esos datos, bien almacenándolos en su propio sistema de información, bien en un espacio físico diferente de las instalaciones de la comunidad (por lo general, en la empresa de Administradores de Fincas para la cual trabaja). Aquellos usuarios que envíen a las páginas web de EL COLEGIO TERRITORIAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE BIZKAIA, a su departamento de sugerencias, observaciones, opiniones comentarios por medio del servicio de correo electrónico, salvo que expresen de manera cierta e inconfundible lo contrario, en los casos en los que por la naturaleza de los servicios contenidos ello sea posible, se entiende que autorizan a EL COLEGIO TERRITORIAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE BIZKAIA para la reproducción, distribución, exhibición, transmisión, retransmisión, emisión en cualquier formato, almacenamiento en soportes físicos lógicos (por ejemplo, disquetes disco duro de ordenadores), digitalización, puesta a disposición desde bases de datos pertenecientes a EL COLEGIO TERRITORIAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE BIZKAIA, traducción, adaptación, arreglo cualquier otra transformación de tales observaciones, opiniones comentarios, por todo el tiempo de protección de derecho de autor que esté previsto legalmente.

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Comunidades de Propietarios


Los Encargados del Tratamiento, y en especial el Encargado del Tratamiento por excelencia de las Comunidades de Propietarios, los Administradores de Fincas, deben dar información suficiente en relación a las medidas de Protección de Datos establecidas en su empresa en tanto a la obligación de la Comunidad de Vecinos en materia de protección de datos personales de cerciorarse de ello. La Ley 8/1999 de 6 de abril es laprueba de la voluntad de servicio público que tiene los Administradores de FincasColegiados, sensibles a un problema soportado por las comunidades y que toca elbolsillo de los buenos propietarios.Convenios de colaboración con Cajas de Ahorro y Bancos: Consiguiendorebajas considerables en las comisiones bancarias, gastos por domiciliación derecibos, compensación de talones, gastos por recibos devueltos, créditos con interéspreferente para las comunidades, etc.Convenios de colaboración con compañías de seguros: Consiguiendo coberturasmás amplias y a medida de las necesidades de las comunidades y propietarios enparticular.Convenios de colaboración con entidades oficiales: Como por ejemplo con laComunidad de Madrid y Ayuntamiento, para conseguir entre otras cosas una mejorgestión en la Impresión Técnica de Edificios, ayudas a la rehabilitación de inmueblestanto en el casco histórico como fuera de el, etc.Convenios de colaboración para implantar las nuevas tecnologías decomunicación : con diversas empresas privadas y estatales que bien utilizando lossatélites fibra óptica, posibilitara a los propietarios de las comunidades acceder nosólo a la televisión digital sino a telefonía e Administrador de Fincas tiene una gran importancia socio-económica, no sólocontribuye con sus conocimientos, especialización y asesoramiento a una convivenciaentre los vecinos de comunidad e inquilinos más racional y acordes a los tiemposactuales, sino a una economía saneada y que se nota de forma directa en el bolsillodel ciudadano.

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